Abogados Expertos en Vulneración de Derechos de NNA
Representamos a niños, niñas, adolescentes y sus familias en procedimientos judiciales ante el Juzgado de Familia. Protección efectiva, trato digno y resultados.
- Procedimientos por vulneración de derechos ante Juzgado de Familia
- Representación de padres, madres y cuidadores
- Solicitud de medidas de protección urgente para NNA en riesgo
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Los Derechos de los Niños
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El procedimiento especial por vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) es uno de los más complejos del sistema familiar chileno. Intervienen el Juzgado de Familia, el Ministerio Público en algunos casos, organismos como SPM y organismos colaboradores y el Programa de Protección Especializada, y muchas veces las familias desconocen sus derechos y los mecanismos para ejercerlos.
Una familia que no cuenta con representación adecuada puede enfrentar medidas de separación del niño/a de su hogar, internación en residencias, restricción del régimen de visitas o pérdida del cuidado personal, todo ello sin haber tenido una oportunidad real de presentar su postura.
En DEC Abogados actuamos en representación de padres, madres, cuidadores y los propios NNA cuando corresponde, con el único objetivo de que se resuelva en su mejor interés y con pleno respeto al debido proceso.
Nuestro trabajo siempre está orientado al bienestar real del NNA, no solo al resultado procesal. Actuamos con ese norte.
Conocemos a fondo el funcionamiento de SPM y organismos colaboradores, Fiscalía y el Juzgado de Familia. Eso marca la diferencia en la estrategia.
Solicitamos y revisamos los informes de los organismos colaboradores y los antecedentes del expediente para construir una defensa sólida.
Entendemos el impacto emocional en la familia. Explicamos cada paso del proceso con claridad y sin tecnicismos innecesarios.
Cuando hay riesgo inminente para el niño/a o una audiencia próxima, actuamos sin demora.
El Procedimiento
Claves del Procedimiento por
Vulneración de Derechos
Aspectos fundamentales del procedimiento especial de protección de la Ley N° 19.968 que debes conocer.
Inicio y Tramitación
- El procedimiento se inicia de oficio por el tribunal, a petición de parte, del Ministerio Público, de Carabineros, PDI o de organismos colaboradores como SPM y sus organismos colaboradores.
- El Juzgado de Familia tiene amplias facultades: puede actuar de urgencia y decretar medidas provisionales sin audiencia previa.
- Se designa un curador ad litem para representar los intereses del NNA en el proceso, con independencia de los padres.
- El tribunal ordena informes sociales, psicológicos y médicos que son determinantes para la resolución del caso.
- La audiencia preparatoria fija el objeto del juicio y puede ratificar o alzar las medidas provisionales.
- La audiencia de juicio es el momento clave donde se presentan pruebas y se decide la medida definitiva.
Situaciones Frecuentes
- Denuncia de vulneración por parte de un colegio, Servicio de Protección de Menores (SPM), vecinos o el otro progenitor en contexto de conflicto familiar.
- Investigación por presunto maltrato, negligencia o abandono, que puede no reflejar la realidad familiar.
- Separación del niño/a del hogar y derivación a residencias o familia extensa sin haber agotado otras alternativas.
- Padres o cuidadores que no comprenden los informes técnicos y no pueden rebatirlos por falta de asesoría.
- Conflictos entre el padre y la madre que derivan en denuncias cruzadas de vulneración, afectando al NNA.
- Solicitudes de reintegro familiar tras una medida de separación cuando la situación de riesgo ha cesado.
Medidas que puede decretar el Juzgato de Familia (Art. 71 Ley 19.968)
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