ASESORÍA LEGAL PARA QUIEBRAS Y LIQUIDACIÓN DE DEUDAS EN CHILE
Nuestro equipo de abogados expertos en quiebras y defensa de deudores te ayuda a enfrentar esta etapa de manera profesional y con total confidencialidad. Soluciones eficientes para empresas y personas naturales.
- Liquidación voluntaria y forzosa bajo Ley 20.720
- Reorganización y renegociación con acreedores
- Atención para personas naturales y empresas en crisis
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Personas Naturales
Con problemas de deuda que no pueden solventar. Te acompañamos en todo el proceso de liquidación y rehabilitación financiera.Empresas en Crisis
Que necesiten reorganizarse o liquidar activos. Diseñamos la estrategia más adecuada para tu situación específica.Reorganización de Deudas
Renegociación de condiciones con acreedores para mantener la operación de tu empresa o proteger tu patrimonio personal.Liquidación de Activos
Gestión integral del proceso de liquidación, extinción definitiva de deudas y acompañamiento hasta la rehabilitación.Suspensión inmediata de los cobros
Una vez iniciado el proceso bajo la Ley 20.720, se suspenden las acciones de cobro por parte de los acreedores. Esto te da el espacio necesario para reorganizar tu situación financiera con tranquilidad y sin presiones.Extinción definitiva de deudas al finalizar el proceso
Una vez concluido el procedimiento, las deudas incluidas se consideran extinguidas. Los acreedores no podrán exigir su pago en el futuro. Es un nuevo comienzo real, no solo un alivio temporal.Nuestro Proceso en Detalle
Consulta y evaluación inicial
Evaluamos tu caso completo: patrimonio, deudas, acreedores y opciones disponibles bajo la Ley 20.720. Te orientamos sobre si conviene liquidación o reorganización.Plan de acción personalizado
Diseñamos la estrategia más adecuada para tu situación. Liquidación voluntaria, reorganización o negociación directa con acreedores según lo que más te convenga.Inicio del procedimiento legal
Presentamos la solicitud ante el tribunal competente o la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR). Nosotros gestionamos todos los trámites.Seguimiento y negociación
Representamos tus intereses ante el liquidador, los acreedores y los tribunales durante todo el proceso. Te mantenemos informado en cada etapa.Cierre y rehabilitación
Gestionamos el cierre del procedimiento y la extinción formal de las deudas. Duración aproximada: 12 a 18 meses para liquidación.¿Cómo Podemos Ayudarte?
Si eres persona natural
- Evaluamos si tu deuda supera tu patrimonio total
- Iniciamos el proceso de liquidación voluntaria ante el tribunal
- Suspendemos los cobros de inmediato al ingresar la solicitud
- Te acompañamos hasta la extinción definitiva de tus deudas
Si eres empresa
- Analizamos si conviene reorganización o liquidación
- Negociamos con acreedores para renegociar plazos y montos
- Gestionamos todos los trámites ante la SIR y los tribunales
- Protegemos los intereses de socios y trabajadores en el proceso
Por Qué Elegirnos
Años de experiencia
Ayudando a empresas y personas en Chile a resolver su situación financiera.Atención personalizada
Cada caso es distinto. Trabajamos con dedicación exclusiva en tu situación.Confidencialidad garantizada
Tu información está segura con nosotros en todo momento del proceso.Resoluciones rápidas
Nos enfocamos en soluciones ágiles y efectivas para tu caso.Lo Que Dicen Nuestros Clientes
Preguntas Frecuentes
¿Quién puede acogerse a la Ley de Quiebras?
Tanto personas naturales como empresas en situación de insolvencia, es decir, que no puedan cumplir con sus obligaciones financieras en los términos pactados.
¿Qué deudas se extinguen?
Las deudas incluidas en el procedimiento. Se exceptúan algunas por ley, como el CAE.
¿Cuánto dura el proceso?
La liquidación tarda entre 12 y 18 meses. La reorganización depende de las negociaciones con los acreedores.
¿Qué diferencia hay entre liquidación y reorganización?
Liquidación implica vender bienes para pagar acreedores y extinguir deudas. Reorganización permite renegociar condiciones para mantener la operación o proteger el patrimonio.
¿Cómo saber si me conviene la quiebra?
Conviene cuando el monto de las deudas supera ostensiblemente el total del patrimonio, incluyendo bienes muebles, inmuebles y derechos hereditarios.