Juicio de Cuentas

ESPECIALISTAS EN DERECHO ADMINISTRATIVO

DEFENSA EN JUICIO DE CUENTAS

Si recibes un reparo de Contraloría, tienes solo 15 días hábiles para contestar. Una condena puede obligarte a restituir fondos públicos de tu propio patrimonio. Actuamos de inmediato.

  • Defensa ante el Tribunal de Cuentas de primera y segunda instancia
  • Contestación de reparos y excepciones
  • Representación ante la Corte Suprema (recurso de queja)

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Toda la información es estrictamente confidencial

Atención: El plazo para contestar un reparo de Contraloría es de 15 días hábiles desde la notificación. Vencido ese plazo, se declara tu rebeldía. Actúa hoy.

Responsabilidad Civil Personal

Una sentencia condenatoria obliga al cuentadante a restituir los fondos dañados con dinero propio, más un 1% de interés penal mensual.

Plazo Fatal de 15 Días

Desde la notificación del reparo corren 15 días hábiles para contestar. Sin defensa, el juez declara rebeldía y el juicio sigue sin ti.

¿Quién Es Cuentadante?

Todo funcionario que reciba, custodie, administre o pague fondos públicos puede ser sujeto de un juicio de cuentas.

Proceso de Dos Instancias

Primera instancia ante el Subcontralor; segunda ante un tribunal colegiado. Existe recurso de queja ante la Corte Suprema.

Un Reparo de Contraloría No Es Una Observación. Es una Demanda.

01

El reparo equivale a una demanda judicial

El juicio de cuentas es un procedimiento jurisdiccional especial. El reparo formulado por Contraloría tiene el mismo efecto que una demanda civil: desde su notificación comienza a correr el plazo para ejercer tu defensa.

02

La condena puede afectar tu patrimonio personal

Si el Tribunal de Cuentas dicta sentencia condenatoria, deberás reintegrar al Fisco los fondos comprometidos con tu propio patrimonio. El error o la negligencia en el manejo de fondos públicos no distingue intención.

Cómo Funciona el Juicio de Cuentas

El juicio de cuentas es un procedimiento contencioso-administrativo de doble instancia que se tramita íntegramente ante la Contraloría General de la República. Su objeto es determinar si el cuentadante causó un daño al patrimonio fiscal y, en caso afirmativo, fijar el monto a restituir.

1

Examen de cuentas y formulación del reparo

Contraloría examina las cuentas del funcionario. Si detecta irregularidades no aclaradas, formula un reparo, que equivale a la demanda del juicio. Tiene un plazo máximo de un año para formularlo desde que recibe los antecedentes. Vencido ese plazo, caduca su facultad.

2

Notificación y plazo para contestar

El reparo se notifica personalmente al cuentadante. Desde esa notificación corren 15 días hábiles para contestar, ofrecer prueba y plantear excepciones. Este es el momento más crítico del proceso.

3

Término probatorio

El juez fija los puntos de prueba. Se puede ofrecer prueba testimonial, documental y pericial. La nómina de testigos debe presentarse dentro de los primeros 5 días del término probatorio.

4

Sentencia de primera instancia

El Subcontralor dicta sentencia. Si condena, fija el monto a restituir más intereses penales del 1% mensual. La sentencia es apelable ante el Tribunal de Cuentas de segunda instancia.

5

Segunda instancia y recurso de queja

El Tribunal de Cuentas de segunda instancia es colegiado e integrado por el Contralor General y dos jueces. Contra sus resoluciones procede recurso de queja ante la Corte Suprema. Los plazos para recurrir son breves y fatales.

Defensa Integral en el Juicio de Cuentas

Si acabas de recibir el reparo

  • Análisis inmediato del reparo y los antecedentes
  • Contestación con excepciones dilatorias y de fondo
  • Estrategia probatoria: testigos, documentos, pericias
  • Control de plazos y gestión procesal completa

Si ya hay sentencia condenatoria

  • Apelación ante el Tribunal de Cuentas de segunda instancia
  • Recurso de queja ante la Corte Suprema
  • Análisis de caducidad del reparo y otras nulidades procesales

Tu Defensa En 4 Pasos, En Menos de 24 Horas

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Videollamada y Presupuesto

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Experiencias Reales en Defensa Administrativa

★★★★★

Recibí el reparo un viernes. El lunes ya tenían una estrategia completa. Lograron que el juicio terminara sin condena.

MR

Marcos R. Santiago

★★★★★

No entendía nada del proceso. Me explicaron cada etapa con claridad y me acompañaron hasta la segunda instancia.

PV

Patricia V. Valparaíso

★★★★★

La caducidad del reparo que identificaron cambió completamente el resultado del caso. Trabajo impecable.

JC

Jorge C. Concepción

El plazo para contestar el reparo es fatal

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